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El Real Decreto-ley 9/2025, aprobado el 29 de julio y publicado en el BOE el 30 de julio de 2025, introduce una reforma clave en materia de conciliación: el permiso por nacimiento y cuidado del menor se amplía hasta 19 semanas por cada progenitor (antes 16), con condiciones más flexibles y una especial protección para las familias monoparentales, que llegarán hasta 32 semanas.
Esta medida, con aplicación retroactiva a partir del 2 de agosto de 2024, responde a la necesidad de cumplir con la Directiva (UE) 2019/1158 y reforzar la corresponsabilidad y la igualdad real entre hombres y mujeres.
Puigverd Assessors explica cuáles son exactamente los derechos y cómo organizar el disfrute de las semanas flexibles.
El RDL 9/2025 forma parte de un paquete de reformas que desde 2019 han ido transformando el modelo de permisos parentales en España. El objetivo es doble:
Según el BOE, esta reforma también da respuesta a procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea contra España por no haber transpuesto completamente el permiso parental retribuido dentro de los plazos previstos.
19 semanas por cada progenitor (antes 16 semanas).
Aplica tanto a nacimientos como a adopciones, guarda con finalidad de adopción o acogimiento.
Ampliación especial hasta 32 semanas para el único progenitor.
Esta medida busca garantizar que los menores tengan el mismo tiempo de cuidado que en familias biparentales.
6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, justo después del parto o resolución de adopción.
11 semanas flexibles hasta que el menor cumpla 12 meses.
2 semanas adicionales (4 en monoparentales) por cuidado flexible hasta los 8 años, solo por los nacimientos/adopciones producidas a partir del 2 de agosto de 2025, y deberá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.
La prestación la paga la Seguridad Social al 100% de la base reguladora (o del IPREM si es inferior).
La empresa mantiene su cotización, pero no abona salario.
Algunas aclaraciones sobre la ampliación del permiso de nacimiento y cuidado del menor
Desde el 31 de julio de 2025 ya está en vigor. Las dos semanas flexibles adicionales a partir del 2 de agosto de 2024, disfrutables desde el 1 de enero de 2026. La Seguridad Social es quien paga durante el permiso, con una prestación equivalente al 100% de la base reguladora. Se puede gozar del tiempo parcial si la empresa o administración acepta, según convenio o normativa.
Se mantiene el derecho a todo el permiso, con opción a reincorporarse pasadas las semanas obligatorias.
Con el RDL 9/2025, España da un paso más hacia una corresponsabilidad real y una igualdad efectiva entre hombres y mujeres, equiparándose a los países europeos con permisos parentales más largos y flexibles. La nueva regulación no solo cumple con la normativa europea, sino que también responde a una demanda social de largo recorrido: poder trabajar sin renunciar a su cuidado.
La ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor comporta nuevas opciones y obligaciones que pueden generar dudas tanto para trabajadores como para empresas. En Puigverd Asesores:
Puigverd Assessors está disponible para todas aquellas empresas que quieran aplicarlo. En Puigverd Assessors acompañan empresas y trabajadores para que puedan disfrutar de su tiempo con el menor sin complicaciones administrativas.
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