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En los despachos laboralistas estamos viendo un fenómeno que ya no puede considerarse anecdótico: cada vez más trabajadores en España causan baja médica por ansiedad, depresión, estrés grave o trastornos adaptativos. Y no hablamos de percepciones, sino de una tendencia sostenida respaldada por cifras oficiales.

En 2024, España registró 671.618 bajas laborales relacionadas con trastornos mentales y del comportamiento, el dato más alto desde que existen registros comparables. Para entender la magnitud del cambio: en 2016 fueron 283.999. Es decir, en apenas ocho años, estas incapacidades temporales se han más que duplicado.
La pregunta no es solo por qué aumentan. La verdadera cuestión es qué nos está diciendo este dato sobre el mercado laboral español.
Existe una narrativa simplista (y profundamente errónea) que atribuye este aumento a una supuesta menor tolerancia al estrés. No se sostiene.
Lo que está ocurriendo responde a una combinación de factores estructurales:
Hoy se diagnostica mejor lo que antes se invisibilizaba. Hace diez años muchos trabajadores seguían acudiendo al trabajo con cuadros de ansiedad severa sin tratamiento ni reconocimiento médico. Eso no era fortaleza: era infradiagnóstico.
El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ya ha advertido que los trastornos mentales son la segunda causa de incapacidad temporal en nuestro país. Además, la depresión es el motivo más frecuente en procesos de baja superiores a 15 días, con una duración media cercana a 168 días.
Este dato tiene una enorme relevancia jurídica y empresarial: no estamos ante episodios aislados, sino ante una transformación del patrón de enfermedad laboral.
Y aquí aparece una paradoja llamativa: aunque muchos de estos trastornos tienen un claro origen o agravamiento en el trabajo, apenas una mínima parte se reconoce como contingencia profesional. De las más de 671.000 bajas registradas en 2024, solo 708 fueron calificadas como profesionales.
Eso significa que miles de trabajadores soportan patologías vinculadas al trabajo sin que el sistema las reconozca como tales.
En mi experiencia profesional, hay perfiles donde este problema se repite con más frecuencia:
La pandemia no creó este problema, pero sí lo aceleró. Desde 2020 observamos tres cambios muy claros:
También ha influido la hiperconectividad. El teletrabajo, sin límites claros, ha difuminado la frontera entre vida laboral y descanso. El INSST viene alertando precisamente sobre el impacto de la hiperconectividad en la salud mental laboral.
La ley obliga al empresario a proteger la salud integral de su plantilla, incluida la psicológica.
Cuando estas obligaciones fallan y existe daño acreditable, pueden derivarse responsabilidades legales. En algunos casos, incluso cabe reclamar daños y perjuicios si se demuestra una omisión preventiva grave.
Si un trabajador desarrolla ansiedad severa por acoso, presión extrema o burnout, lo habitual es que su baja se tramite como contingencia común, no profesional.
España sigue teniendo pendiente actualizar el encaje legal de los riesgos psicosociales dentro de la enfermedad profesional.
Como abogado laboralista, veo detrás de cada estadística una historia concreta: personas que no podían dormir, trabajadores que rompían a llorar antes de entrar en la oficina, empleados que aguantaron demasiado tiempo por miedo a perder su empleo.
Las cifras son importantes. Pero lo verdaderamente importante es entender que la salud mental en el trabajo ha dejado de ser un asunto privado: hoy es uno de los grandes desafíos laborales de España.
Y cuanto más tardemos en asumirlo, más alto será el coste humano, social y económico.
Fuentes consultadas:
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